Se convocan subvenciones dirigidas a la sustitución de calderas y calentadores individuales de más de diez años para el ejercicio 2023
Bocyl nº156,de 16 de agosto 2023
- FechasDel 16 agosto al 15 noviembre de 2023
Se convocan subvenciones a personas físicas para la sustitución de calderas y calentadores de agua individuales de más de diez años.
1.– Serán subvencionables las siguientes actuaciones:
a) La sustitución de calderas individuales de más de diez años de calefacción o mixtas, de baja eficiencia energética, atmosféricas o estancas, que utilicen como combustible carbón, electricidad, gasóleo, gas natural o gas licuado del petróleo (GLP), por calderas de condensación de alta eficiencia energética, sólo calefacción o mixta, que utilicen gas natural, gas licuado del petróleo (GLP), gasóleo o biomasa.
b) La sustitución de calentadores de agua atmosféricos de gas de más de diez años por calentadores de gas estancos.
2.– La cuantía de la subvención será de:
– 500 € por sustitución de caldera de carbón.
– 400 € por sustitución de caldera de gas atmosférica.
– 300 € por sustitución del resto de tipos de calderas subvencionables.
– 150 € sustitución de calentador de gas atmosférico
Bases BOCyL n.º 120, 23 de junio de 2022 - Disp. 013 (jcyl.es)
Convocatoria BOCyL n.º 156, 16 de agosto de 2023 - Disp. 004 (jcyl.es)