Identificación de conductor
- TramitaciónPresencial
El
Titular o arrendatario del Vehículo deberá identificar verazmente al conductor
responsable de la infracción cometida en el plazo de 20 días naturales
Observaciones
Presentar formulario adjunto, debidamente cumplimentado, en el registro general del Ayuntamiento.
Datos del trámite
Plazos
20 días naturales a contar desde el día siguiente de la notificación de la denuncia
Presentación de solicitudes
Atendiendo a lo dispuesto en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de Noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, las solicitudes, escritos y comunicaciones que los ciudadanos dirijan al Ayuntamiento de Ponferrada podrán presentarse:
- En el Registro General de este organismo.
- En los registros de cualquier órgano administrativo, que pertenezca a la Administración General del Estado, a la de cualquier Administración de las Comunidades Autónomas, a la de cualquier Administración de las Diputaciones Provinciales, Cabildos y Consejos Insulares, a los Ayuntamientos de los Municipios a que se refiere el artículo 121 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, o a la del resto de las entidades que integran la Administración Local si, en este último caso, se hubiese suscrito el oportuno convenio.
- En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca, dirigiendo la solicitud a:
Ayuntamiento de Ponferrada - Registro General de Entrada
Plaza del Ayuntamiento 1
24401 Ponferrada (León) - En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
- En el Registro Electrónico del Ayuntamiento de Ponferrada, accesible desde la dirección https://clic.ponferrada.org
, en los términos descritos en la Ordenanza Reguladora de la Administración Electrónica del Ayuntamiento de Ponferrada.
Otros datos
El
Titular o arrendatario del Vehículo deberá identificar verazmente al conductor
responsable de la infracción cometida en el plazo de 20 días naturales a
contar desde el día siguiente a la fecha de recepción de
la notificación, teniendo en cuenta que en caso de incumplir el presente trámite
y en virtud de cuanto dispone el art. 65.5.j de la Ley 18/2009 de 23 de
Noviembre, por la que se modifica el texto articulado de la Ley sobre Tráfico,
Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, se incoará contra el mismo
Expediente Sancionador por la comisión de una infracción MUY GRAVE
contraria a la precitada Ley, pudiendo corresponder una sanción de multa que
será el doble de la prevista para la infracción originaria que la motivó, si es
infracción leve, y el triple, si fuese infracción grave o muy
grave.