Solicitud de celebración de matrimonio civil
- TramitaciónPresencial
Documentación necesaria
- Formulario de solicitud cumplimentado
- Fotocopia D.N.I. de los contrayentes
- Fotocopia D.N.I. de los testigos
- Justificante de pago de la tasa correspondiente
Los contrayentes han de tramitar en las dependencias del REGISTRO CIVIL el Expediente previo para obtener el Auto Judicial Favorable, sin el cual no podrá ser autorizado el Matrimonio Civil.
Presentación de solicitudes
Atendiendo a lo dispuesto en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de Noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, las solicitudes, escritos y comunicaciones que los ciudadanos dirijan al Ayuntamiento de Ponferrada podrán presentarse:
- En el Registro General de este organismo.
- En los registros de cualquier órgano administrativo, que pertenezca a la Administración General del Estado, a la de cualquier Administración de las Comunidades Autónomas, a la de cualquier Administración de las Diputaciones Provinciales, Cabildos y Consejos Insulares, a los Ayuntamientos de los Municipios a que se refiere el artículo 121 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, o a la del resto de las entidades que integran la Administración Local si, en este último caso, se hubiese suscrito el oportuno convenio.
- En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca, dirigiendo la solicitud a:
Ayuntamiento de Ponferrada - Registro General de Entrada
Plaza del Ayuntamiento 1
24401 Ponferrada (León) - En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
- En el Registro Electrónico del Ayuntamiento de Ponferrada, accesible desde la dirección https://clic.ponferrada.org
, en los términos descritos en la Ordenanza Reguladora de la Administración Electrónica del Ayuntamiento de Ponferrada.
Otros datos
- Calendario de Celebración vigente disponible en información relacionada en la parte inferior.