Bonificaciones en el IVTM (Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica)
- TramitaciónPresencial
Bonificaciones en el IVTM (Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica)
Datos del trámite
Plazos
SOLICITUD (En cualquier momento teniendo en cuenta que los efectos serán para el periodo impositivo siguiente) TRAMITACION Tres meses para resolver y notificar (art. 42 Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común)
Órgano gestor
Unidad de gestión, inspección y recaudación
Documentación necesaria
Tienen derecho a una bonificación en el Impuesto los siguientes supuestos:
- Turismos con una antigüedad mayor de 25 años un 100% de bonificación
- Vehículos calificados de antiguos o clásicos un 100% de bonificación.
- Vehículos de propulsión eléctrica e híbridos de nueva matriculación
Documentacion necesaria:
- Fotocopia del DNI/CIF/NIE
- Fotocopia de la ficha técnica
- Fotocopia compulsada del permiso de circulación
- Documento que acredite la calificación de vehículo clásico para éste supuesto.
Formulario especifico: Ninguno
Efectos del Silencio: Negativo
Normativa aplicable al procedimiento:
- REAL DECRETO LEGISLATIVO 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
- Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica.
Presentación de solicitudes
Atendiendo a lo dispuesto en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de Noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, las solicitudes, escritos y comunicaciones que los ciudadanos dirijan al Ayuntamiento de Ponferrada podrán presentarse:
- En el Registro General de este organismo.
- En los registros de cualquier órgano administrativo, que pertenezca a la Administración General del Estado, a la de cualquier Administración de las Comunidades Autónomas, a la de cualquier Administración de las Diputaciones Provinciales, Cabildos y Consejos Insulares, a los Ayuntamientos de los Municipios a que se refiere el artículo 121 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, o a la del resto de las entidades que integran la Administración Local si, en este último caso, se hubiese suscrito el oportuno convenio.
- En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca, dirigiendo la solicitud a:
Ayuntamiento de Ponferrada - Registro General de Entrada
Plaza del Ayuntamiento 1
24401 Ponferrada (León) - En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
- En el Registro Electrónico del Ayuntamiento de Ponferrada, accesible desde la dirección https://clic.ponferrada.org
, en los términos descritos en la Ordenanza Reguladora de la Administración Electrónica del Ayuntamiento de Ponferrada.