• Fechas
    Del 20 mayo al 8 junio de 2010

El Ayuntamiento de Ponferrada hace suyas las recomendaciones de las Naciones Unidas entendiendo que el derecho al desarrollo es un derecho humano, inalienable, en virtud del cual todo ser humano y todos los pueblos están facultados para participar en un desarrollo económico, social, cultural y político en el que puedan realizarse plenamente todos los derechos humanos y libertades fundamentales, a contribuir a ese desarrollo y a disfrutar de él.

Igualmente, el Ayuntamiento de Ponferrada, asume los principios del Estado en materia de cooperación internacional para el desarrollo, que figuran en el art. 2 de la Ley 23/1998 de 7 de julio de Cooperación Internacional para el Desarrollo.

A su vez, la Ley 9/2006 de 10 de octubre, en este caso en el ámbito autonómico, reconoce en su capítulo V, artículo 22, que las entidades locales de esta comunidad son reconocidas como agentes de
cooperación al desarrollo.
Al mismo tiempo, el Ayuntamiento de Ponferrada, haciendo uso de la autonomía que le reconoce el vigente texto constitucional, expresa su intención firme de contribuir al desarrollo de los países y poblaciones menos favorecidas, colaborando con las ONGD y demás entidades que dirigen su actuación hacia la ayuda a los países en vías de desarrollo.

De acuerdo con dicha intención, y teniendo en cuenta lo establecido en el Plan Marco de Cooperación al Desarrollo de Ponferrada, en la Ley 7/1985 de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, en el RDL 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Ponferrada y demás disposiciones de régimen local, el Ayuntamiento de Ponferrada acuerda convocar la concesión de subvenciones a proyectos de cooperación al desarrollo, con arreglo a las bases que figuran en el archivo adjunto , que puede se visualizado y/o descargado en su ordenador.