• Fechas
    Del 3 octubre al 31 octubre de 2022

Podrán ser beneficiarias de estas subvenciones, en los términos establecidos en las presentes bases, las personas físicas y jurídicas, las comunidades de bienes y otras entidades carentes de personalidad jurídica, legalmente constituidas y con ánimo de lucro, que realicen las actuaciones subvencionadas dentro del período subvencionable establecido en las convocatorias y que cumplan los requisitos establecidos en las bases y convocatoria.

BOCyL n.º 55, 19 de marzo de 2021 - Disp. 019 (jcyl.es)Este enlace se abrirá en una ventana nueva Bases reguladoras de estas ayudas

BOCyL n.º 143, 26 de julio de 2022 - Disp. 006 (jcyl.es)Este enlace se abrirá en una ventana nueva Modificación de bases reguladoras

BOCyL n.º 191, 3 de octubre de 2022 - Disp. 030 (jcyl.es)Este enlace se abrirá en una ventana nueva Convocatoria de estas ayudas