• Fechas
    Del 26 abril al 16 septiembre de 2019
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Se podrán beneficiar de estas subvenciones las personas físicas, incluidas aquellas que formen parte de una comunidad de bienes u otras entidades sin personalidad jurídica, que se establezcan por cuenta propia y hayan iniciado una activiada economica por cuenta proia entre el 1 de septiembre de 2018 y el 31 de agosto de 2019.