Bases que rigen la convocatoria pública para la concesión de subvenciones destinadas a asociaciones de nuestro municipio para la realización de actividades culturales durante el ejercicio 2016
El Ayuntamiento de Ponferrada, con el objeto de dar respuesta, con medidas de apoyo financiero, a las demandas sociales y económicas de las diferentes entidades inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones y en aras de la colaboración con las mismas al objeto de fomentar determinadas actuaciones consideradas de interés público o general, tiene entre sus objetivos el apoyo económico como instrumento de eficacia y eficiencia en la gestión del gasto público.
En consecuencia, y de acuerdo con lo establecido en la Ordenanza General de Subvenciones en el Ayuntamiento de Ponferrada (O.G.S.), aprobada en sesión plenaria de fecha 29 de octubre de 2004, y en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (L.G.S.), mediante Acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 4 de mayo de 2016 se aprueba la convocatoria de subvenciones en régimen de libre concurrencia, con arreglo a las bases adjuntas en PDF
Publicación BOP: 9 de mayo de 2016
El plazo
de presentación de solicitudes será de 20 días naturales contados a partir del
día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín
Oficial de la Provincia (Plazo, del 10 al 29 de mayo 2016)
12 Septiembre 2016: Ya está expuesta en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Ponferrada (Registro General de Entrada, planta 1ª) la propuesta de resolución provisional para consulta de los interesados.
Destinatarios
Podrán ser beneficiarios de las subvenciones objeto de regulación en las presentes bases, aquellas asociaciones que estén inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones del Ayuntamiento de Ponferrada antes de la fecha de inicio del cómputo del plazo para la presentación de las solicitudes a que se refieren las presentes bases, y no hayan recibido otras subvenciones de este Ayuntamiento en el año 2016 con la misma finalidad.
Requisitos
Con el objeto de determinar el procedimiento al que debe someterse la tramitación y concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva para la realización de proyectos o actividades culturales con destino a las asociaciones del municipio, se establecen las presentes bases donde se determinan los supuestos en que proceda su otorgamiento y se establecen las condiciones para su concesión.
Los proyectos o actividades
culturales deberán realizarse en el municipio y estar dirigidas al público en
general, y tendrán por objeto el fomento y la
promoción cultural en los ámbitos siguientes:
- Artes escénicas (teatro y danza)
- Música
- Literatura
- Artes plásticas y audiovisuales.
- Patrimonio histórico y artístico
- Otras actividades culturales
Se excluyen de esta convocatoria las actividades deportivas, las actividades meramente sociales o festivas y las culinarias; tampoco se subvencionarán, ni se tendrán en cuenta para la justificación, gastos por viajes, alimentos o bebidas, obsequios y regalos.