Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones las empresas, entendiendo como tales las personas físicas o jurídicas y comunidades de bienes, tengan o no ánimo de lucro, que realicen una actividad económica y cuenten con trabajadores por cuenta ajena, del sector de la hostelería (CNAE 56) y otros sectores, que hayan estado en expedientes de regulación temporal de empleo, en el ámbito territorial de Castilla y León.

Se subvenciona el importe de la cuota empresarial a la Seguridad Social por contingencias comunes, liquidada por la empresa por los centros de trabajo por los que solicita la ayuda y que no haya estado exonerada según la normativa aplicable, devengada durante el período subvencionable que abarca desde el 14 de marzo de 2020 hasta el 31 de octubre de 2020.

La cuantía de la subvención a conceder será el importe de la cuota empresarial a la Seguridad Social por contingencias comunes, liquidada por la empresa por los centros de trabajo por los que solicita la ayuda y que no haya estado exonerada hasta un máximo de 3.500 euros.