A través del presente acuerdo, se establece un catálogo de medidas preventivas a aplicar durante el período navideño, que contemplarán limitaciones para evitar aglomeraciones en espacios públicos y en concreto en relación con el festejo de las doce campanadas, la celebración de espectáculos y actividades, las cabalgatas de reyes, las exposiciones de belenes y belenes vivientes, los mercados al aire libre, así como en los alojamientos de turismo rural o viviendas de uso turístico. Así mismo se contemplan una serie de recomendaciones destinadas con carácter general a extremar la diligencia en las medidas de prevención y a limitar la interacción social.