Podrán subvencionarse, por cada establecimiento artesano para el que se solicite subvención, los proyectos y gastos que cumplan los siguientes requisitos, y que se ejecuten entre 17 de octubre de 2021 y el 30 de septiembre de 2022, ambos inclusive:
I. La modernización y/o la mejora de la imagen del establecimiento artesano y/o su adecuación para el ejercicio de la actividad artesana.

II. La implantación o la introducción de mejoras en su sistema de producción.

III. Su digitalización mediante la implantación, sobre la base de la incorporación de las tecnologías de la información y de las comunicaciones, de sistemas de gestión y/o de comercialización del establecimiento artesano, especialmente la implementación de plataformas de venta online, o la introducción de mejoras en los sistemas ya existentes, así como la realización de actuaciones promocionales basadas igualmente en el uso de las tecnologías de la información y de las comunicaciones.

IV. La participación en ferias de artesanía.

V. O bien varias de las anteriores a la vez.